Pago obligatorio para cerrar causas de evasión: ARCA define cómo se acredita la multa
ARCA estableció cómo pagar la multa del 50% para extinguir causas penales por evasión
La resolución 5882/2026 detalla el procedimiento para ingresar el adicional en el sistema de ARCA. El trámite requiere un volante electrónico y un formulario específico. La ley busca simplificar la extinción de acciones penales tributarias.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este martes una resolución que regula el pago del adicional del 50% obligatorio para cerrar causas penales por evasión fiscal. La norma, publicada en el Boletín Oficial, establece que los contribuyentes deben realizar el pago mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) y completar un formulario específico. La medida busca garantizar que el tributo se registre correctamente en los sistemas oficiales y que los tribunales puedan verificar su cumplimiento.
El adicional, introducido por la reforma del artículo 16 del Régimen Penal Tributario, se aplica cuando un contribuyente acepta cancelar total y en forma incondicional las obligaciones evadidas, sus intereses y el 50% de la suma de ambos. Según el tributarista Sebastián Domínguez, la resolución «resuelve un vacío legal que impedía acreditar uniformemente el pago ante los tribunales». Antes de esta norma, el proceso era ambiguo y generaba incertidumbre sobre cómo validar el cumplimiento de la condición legal.
Para realizar el trámite, los contribuyentes deberán acceder al sitio web de ARCA y completar el formulario N° 2712, denominado «Pago Adicional del 50% – Art. 16 Ley 27.430». Cada obligación tributaria, es decir, cada impuesto y período, requiere un VEP separado. Durante la generación del pago, se debe seleccionar el código del impuesto original y usar los conceptos y subconceptos 762, identificados como «Adicional artículo 16 RPT». Además, se deberá informar el monto exacto de la obligación.
La medida tiene implicaciones directas en la vida de quienes enfrentan causas penales por evasión. «Esta norma facilita el cierre de procesos que, sin este mecanismo, podrían quedar pendientes por falta de acreditación», explicó Domínguez. El pago del adicional no solo permite la extinción de la acción penal, sino que también reduce la carga procesal para las autoridades y evita que los contribuyentes incurran en sanciones más severas. Sin embargo, la complejidad del trámite exige que los contribuyentes consulten a asesores para evitar errores en la formalización.
La resolución simplifica el proceso para extinguir causas penales tributarias, pero requiere atención detallada por parte de los contribuyentes. La implementación del VEP y el formulario 2712 marca un avance en la transparencia del sistema fiscal, aunque la falta de claridad en algunos puntos podría generar confusiones. La medida se suma a las reformas que buscan equilibrar la lucha contra la evasión con la protección de los contribuyentes.
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